Becas del Ministerio de Educación para estudios universitarios, Bachillerato y FP

Sofía Riesco

El plazo de solicitud estará abierto hasta el 15 de octubre para enseñanzas universitarias, y hasta el 30 de septiembre para las no universitarias.



El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ha abierto el plazo para solicitar las becas 2015/2016 para estudios postobligatorios. Estos incluyen enseñanzas universitarias de grado y máster, enseñanzas universitarias conducentes a los títulos del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico, y el curso de preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido por universidades públicas.


También abarcan las enseñanzas de Bachillerato, Formación Profesional, enseñanzas artísticas, deportivas, religiosas o militares, y los estudios de idiomas realizados en escuelas oficiales.

Las becas incluirán alguna las siguientes cuantías.
1. Cuantías fijas. Serán las siguientes:
a) Beca de matrícula: podrán ser beneficiarios de esta beca los solicitantes que cursen enseñanzas universitarias. La cuantía de la beca de matrícula cubrirá el importe de los créditos de que se haya matriculado el estudiante por primera vez en el curso 2015-2016.
b) Cuantía fija ligada a la renta del estudiante: la ayuda será de 1.500 euros.
c) Cuantía fija ligada a la residencia del estudiante durante el curso escolar: también se concederán 1.500 euros.
d) Beca básica: podrán ser beneficiarios de ella los solicitantes que cursen enseñanzas no universitarias. La beca básica será incompatible con la cuantía fija ligada a la renta del solicitante. Se compone de 200 euros.
2. Cuantía variable. La beca podrá incluir, asimismo, una cuantía variable y distinta para los diferentes solicitantes que resultará de la ponderación de la nota media del expediente del estudiante y de su renta familiar. El importe mínimo es de 60 euros.

Toda la información sobre las cuantías se encuentra en Becas 2015-2016: cuantías y umbrales de renta.

Los plazos para presentar la solicitud se extenderán hasta el 15 de octubre para los estudiantes universitarios y el 30 de septiembre para los estudiantes no universitarios. La solicitud se enviará mediante el formulario disponible en ede. educacion.gob.es en el apartado correspondiente a «Trámites y Servicios».

Los requisitos generales que deben cumplir los solicitantes son:
a) No estar en posesión de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca.
b) Cumplir los requisitos básicos de los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2015-2016.
c) Estar matriculado en alguna de las enseñanzas del sistema educativo español .
d) Ser español, o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea.

Los requisitos académicos varían según el tipo de enseñanza:
- Para el Grado: se debe estar matriculado como mínimo de 60 créditos, tener determinada nota media si se accede por primera vez desde la PAU, o haber superado en segundo curso y posteriores el 100% de los créditos en las ramas de Artes y Humanidades, CC.SS., Ciencias, y Ciencias de la Salud. En Ingeniería y Arquitectura se pide el 85% los créditos superados. Si no se cumple este requisito, se pide un porcentaje menor de créditos superados (90%, 80% o 65%) pero tener cierta nota media (entre 6 y 6,5 puntos).

- Para el Máster: se debe estar matriculado de al menos 60 créditos, tener una nota media mínima de 6,5 puntos para los másteres habilitantes y de 7 puntos para los másteres no habilitantes.

- Para enseñanzas de Bachillerato, grado medio y grado superior de formación profesional, de artes plásticas y diseño y de enseñanzas deportivas: los solicitantes deberán matricularse en el curso 2015-2016 de curso completo o, al menos, de la mitad de los módulos que componen el correspondiente ciclo. También deberán acreditar haber obtenido 5,50 puntos en segundo curso de Bachillerato o ESO, prueba o curso de acceso respectivamente. Los estudiantes de segundos y posteriores cursos deberán acreditar haber superado en el curso anterior, al menos, un número de módulos que supongan el 85 % de las horas totales del curso.

Más información en el BOE

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