Las licenciaturas e ingenierías estarán homologadas a Bolonia en 2015
El Ministerio de Educación ha aprobado un real Decreto que establece los requisitos y procedimientos necesarios para homologar un título universitario obtenido antes del Plan Bolonia.
Los arquitectos, ingenieros, licenciados, arquitectos técnicos, ingenieros técnicos y diplomados ya van a poder contar con un título equivalente al resto de titulaciones del Marco Europeo de Educación Superior.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que fija los requisitos y el procedimiento para la homologación y equivalencia de títulos obtenidos en el extranjero y también aquellos obtenidos antes de la implantación del Plan Bolonia.
Hasta ahora no existía un régimen claro de correspondencias entre los títulos anteriores a Bolonia y los posteriores a esta reforma. El Real Decreto aprobado permitirá cubrir el vacío normativo que existía en 140 titulaciones, a las que ahora se podrá asignar un nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES).
Las resoluciones de correspondencia otorgarán a cada uno de los títulos examinados los efectos académicos y profesionales asociados a las enseñanzas incluidas en el nivel al que se establece la correspondencia.
Las comisiones responsables tendrán como máximo un periodo de nueve meses para realizar las equiparaciones que completen el catálogo de los 140 títulos universitarios que ofertaba el anterior espacio universitario.
El procedimiento definido por el Real Decreto implica un examen y valoración por la Agencia Nacional de Evaluación y Calidad de la Acreditación (ANECA) de todas las antiguas titulaciones. Las primeras correspondencias serán declaradas en los primeros meses de 2015. Se prevé que la adscripción de todos los títulos pre-Bolonia esté completada a finales de 2015.
En cuanto a las titulaciones obtenidas en el extranjero, se van a adaptar los procedimientos de homologación y equivalencia al Espacio Europeo de Educación Superior:
- Equivalencia a un nivel académico, de Grado o de Máster, con indicación del área de conocimiento.
- Homologación, en el caso de títulos universitarios oficiales que den acceso a profesiones reguladas.
- Convalidación de estudios parciales.
Al desaparecer el Catálogo oficial de títulos universitarios con el Espacio Europeo de Educación Superior en 2007, que fijaba los títulos que las universidades debían expedir, se produjo un vacío normativo, dado que sólo estaba prevista la figura de la homologación a los títulos concretos del Catálogo y no a un nivel académico.
A partir de ahora en la evaluación se tendrán en cuenta las competencias adquiridas con la titulación, además de los contenidos formativos y la duración de los estudios. También se simplifica la tramitación, se reduce la carga administrativa y la resolución se notificará antes.