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Universidad Pontificia ComillasLa Iglesia pide hoy a los administradores de bienes eclesiásticos, que es siempre una función pública en el seno de la misma, que lleven a cabo su labor con la mirada puesta en el carisma propio de la misma, teniendo presente el sentido evangélico de los bienes, pero con eficacia y eficiencia. Transparencia, rendición de cuentas, gratuidad y formación (profesionalidad) son hoy vectores por los que debe discurrir una buena administración de los bienes de las entidades eclesiásticas. El modo de administrar los bienes no es nunca neutro, sino que debe estar alineado con el ser y misión de la entidad titular de los bienes. Las opciones de administración, supuestas la eficacia y la eficiencia, constituyen un criterio de verificación de la misión de la Iglesia en lo concreto.
Este conjunto de circunstancias da razón de la necesidad de una cada vez mayor profesionalización de la administración de los bienes de la Iglesia.
Podrán acceder a las enseñanzas de Especialista en Administración de Bienes Eclesiásticos
a) quienes estén en posesión de un título universitario oficial español de grado u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que faculte en el país expedidor del título para el acceso a las enseñanzas de postgrado.
b) También los Licenciados, Arquitectos o Ingenieros conforme al sistema universitario anterior al establecido en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. Los Diplomados, Arquitectos Técnicos o Ingenieros Técnicos podrán igualmente acceder al programa.
c) Podrán ser admitidos titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de homologar su título, siempre que éste faculte el acceso al postgrado en el país expedidor del mismo. En este caso corresponde al Rector, previo informe del Decano y del Director del programa, autorizar o denegar el acceso. El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo ni el acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas del programa.
Módulos y créditos del Bloque 1 (Derecho Canónico) (6 ECTS)
Módulo 1. Marco canónico de la administración de bienes
Módulo 2. El Derecho patrimonial canónico o Derecho para la administración de los bienes temporales de la Iglesia
Módulo 3. El Derecho eclesiástico del Estado. Las entidades eclesiásticas en el Ordenamiento jurídico español
Módulos y créditos del Bloque 2 (22 ECTS)
Módulo 1. Régimen fiscal de las entidades eclesiásticas católicas I
Módulo 2. Régimen fiscal de las entidades eclesiásticas católicas II
Módulo 3. Contabilidad
Módulo 4. Interpretación de balances
Módulo 5. Gestión del patrimonio mobiliario. Gestión de carteras, política de inversiones. (Profesorado Caixabank)
Módulo 6. Gestión del patrimonio inmobiliario. Derecho urbanístico
Módulo 7. Derecho laboral. Derecho de la Seguridad Social
Módulo 8. Derecho administrativo
Módulo 9. Derecho civil. Derechos reales, obligaciones y contratos
Jornada de Actualidad (1 ECTS)
Trabajo Final (2 ECTS)