a) Estar en posesión de un título universitario oficial español u otro que se acredite como equivalente. Podrán matricularse a título provisional y cursar el Master aquellos estudiantes de las Titulaciones de grado que tengan pendiente superar menos de 30 créditos (sin incluir el trabajo de fin de grado y las prácticas externas), no pudiendo optar a ningún certificado de los módulos ni a la expedición de su título propio mientras no se haya obtenido la titulación oficial correspondiente.
b) Estar en posesión de un título universitario oficial expedido por un país extranjero y que faculte en él a acceder a enseñanzas de posgrado, previa elaboración de un informe por parte de la dirección académica y autorización de la Comisión de Enseñanzas Propias. En ningún caso la autorización implicará la homologación del título extranjero, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar una enseñanza propia de posgrado en la Universidad de Málaga.
c) Asimismo, con carácter excepcional y atendiendo a la disposición adicional decimoséptima de la LOSU, las personas que puedan acreditar experiencia profesional o laboral con nivel competencial equivalente a la formación académica universitaria, podrán acceder a las enseñanzas universitarias de formación permanente mediante un procedimiento de reconocimiento de dicha experiencia.