Los abogados deberán superar un MIR para ejercer como profesionales

Eva Brunner

El camino actual para ser abogado y procurador tiene los días contados. No valdrá con ser graduado en Derecho. Para ejercer, habrá que cursar un proceso adicional de formación y finalmente la superación de un exámen. Esta nueva ley es conocida por los estudiantes de Derecho como el `MIR de los abogados´.

La presentación del anteproyecto de Ley de Acceso a la Abogacía y la Procura ha tenido diferente acogida entre profesionales y académicos. Satisfacción en los colegios oficiales, que ven reconocida una reivindicación que han abanderado desde hace tres décadas. Pero crispación entre éstos y las universidades, que pugnan por asegurar su presencia en el proceso formativo que impondrá el ordenamiento.

Según la Ley, los graduados en Derecho, una vez obtenida su titulación académica, deberán someterse a un proceso adicional de formación. El objetivo será preparar al estudiante para la superación de un nuevo examen que evaluará si el aspirante ha adquirido o no la capacitación profesional suficiente para poder ejercer la tutela judicial. El período de formación durará dos años y tendrá como mínimo un tercio de horas de prácticas externas. Por su parte, la prueba de acceso a la profesión, calificada por los estudiantes de Derecho como `el MIR de los abogados´, tendrá un contenido común en todo el país. Se convocará al menos una vez al año y sin número limitado de plazas.

La regulación no afectará a los estudiantes matriculados en la actualidad. El anteproyecto, actualmente en fase avanzada de informes, según el Ministerio de Justicia, contempla que el título profesional no se exigirá a quienes ya estuvieran incorporados a un colegio de abogados seis años después de la publicación de la Ley en el BOE (a lo largo de 2006).

Las universidades, por su parte, desean que este proceso educativo de carácter profesional forme parte de la propia titulación, sin recurrir a órganos no universitarios. Las futuras titulaciones que entrarán en funcionamiento en 2010 y que serán homologables con el resto de las carreras europeas constarán de dos ciclos fundamentales: el grado y el postgrado. En opinión de Vázquez, presidente de la Conferencia de Rectores (CRUE), la nueva formación que impone la Ley de Acceso debería integrarse en este segundo ciclo: `No tenemos inconveniente en impartir esta formación junto a los colegios de abogados, siempre que se haga en el marco del Espacio Europeo de Educación Superior. Pero nos oponemos a que haya un control externo´.

Según Luis Martí Mingarro, decano del Colegio de Abogados de Madrid, la Ley de Acceso tendrá múltiples beneficios. En este sentido, los colegios consideran que el período de formación profesional establecido por el anteproyecto debe ser impartido por representantes de la abogacía, ya que el objetivo es garantizar la capacitación del pupilo para ejercer su asistencia práctica como letrado, no los contenidos teóricos asumidos durante la carrera.

TAGS: Empleo

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